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Asalariados exentos de declaración anual

Los trabajadores que reciben ingresos menores a 400 mil pesos anuales no estarán obligados a presentar la declaración.

Escrito por: Redacción Marzo 22, 2017, 6:32 p.m. Tu dinero

 

El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Osvaldo Santín Quiroz, informó que quienes sólo obtuvieron salarios de un patrón, menores a 400 mil pesos, no están obligados a presentar la declaración y si desean obtener su devolución, la pueden presentar en cualquier momento del año.

Al presentar las nuevas facilidades que existen para cumplir con esta obligación fiscal, el funcionario refirió que además la podrán presentar vía telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas y la e.firma sólo se requerirá cuando sean saldos a favor mayores a 50 mil pesos.

Explicó que las personas físicas que reciben ingresos por salarios de un solo patrón e intereses hasta por 20 mil pesos quedarán exentas de la obligación de presentar la declaración anual de impuestos, pero si desean presentarla, lo podrán hacer en cualquier momento del año.

Con esta simplificación, el SAT estima que podrían verse beneficiados dos millones 491 mil personas físicas asalariadas.

Destacó que quienes sí siguen obligados a presentar declaración anual son aquellos que perciban ingresos por honorarios, arrendamiento, tengan actividades empresariales y los asalariados con ingresos superiores a 400 mil pesos, entre otros.


 

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