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Inicia Senado discusión  para tipificar "defraudación fiscal "como crimen organizado

El pleno del Senado de la República discutirá este martes el paquete de reformas para tal fin

Tipificarán defraudación fiscal como crimen organizado
Escrito por: Roberto Romero Sep. 10, 2019, 2:39 p.m. Qué debo saber

En sesión ordinaria, este martes el pleno de la Cámara de Senadores discutirá y aprobará en su caso el paquete de reformas que elevará a rango de crimen organizado el delito de defraudación fiscal, con lo que quienes cometan ameritarán necesariamente prisión preventiva de oficio.

Hay que señalar que cuando tres o más personas estén organizadas para cometer, en forma permanente o reiterada, contrabando o defraudación fiscal podrán ser sancionadas como miembros de la delincuencia organizada.

Así lo establece el dictamen que reforma la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, Ley de Seguridad Nacional, Código Nacional de Procedimientos Penales, Código Fiscal de la Federación y el Código Penal Federal.

El dictamen ya fue aprobado por las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, Justicia y de Estudios Legislativos Primera, a propuesta de los senadores Alejandro Armeta de Morena, presidente de la Comisión de Hacienda, Minerva Hernández Ramos del PAN y Samuel García Sepúlveda de MC, integrantes de dicha Comisión.

El proyecto detalla que se tipificará el referido delito “exclusivamente cuando el monto de lo defraudado’’ sume más de 7 millones 804 mil 230 pesos; es decir, siempre que “supere tres veces lo dispuesto en la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación’’.

Las mismas sanciones se aplicarán a quien expida o venda comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o bien, actos jurídicos simulados.

Además se considerarán “amenazas a la seguridad nacional’’ los “actos ilícitos en contra del fisco’’, lo anterior  de acuerdo con la enmienda al artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional.

Se establece que se impondrán sanción de cinco a ocho años de prisión al que por sí mismo o a través de otra persona compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados de acuerdo con los cambios al artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación prevén

“Será sancionado con las mismas penas, al que permita o publique a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados’’.

Una vez sea aprobada por el pleno de la Cámara de Senadores, la minuta se enviará a la Cámara de Diputados para su revisión y aprobación.

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