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Otorga SCJN amparo que derriba totalmente reforma a Ley Eléctrica de AMLO

La SCJN votó a favor de un amparo contra la implementación de dicha ley que al final otorgó mayor ventaja a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por encima de las empresas privadas.

Escrito por: Claudia Angélica Rodríguez Ene. 31, 2024, 8:18 p.m. Economía

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó por mayoría a favor del proyecto del ministro Alberto Pérez Dayan en el cual planteó los artículos de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica –aprobada por el legislativo en marzo del 2021– que violan lo establecido en la Constitución y el contenido de la reforma energética del sexenio de Enrique Peña Nieto.
La SCJN votó a favor de un amparo contra la implementación de dicha ley que al final otorgó mayor ventaja a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por encima de las empresas privadas.
La decisión de una de las salas del organismo, fue a raíz de considerar que los cambios violan las reglas de generación y mercado eléctrico mayorista que prevé la Constitución desde 2013.
Cabe señalar que la votación se realizó sin la participación del ministro Javier Laynez, puesto que la Cámara de Diputados interpuso de último momento un recurso para que éste se abstuviera de la votación de este miércoles, ello por su participación como titular en un proyecto que también tenía como fin declarar como inconstitucional la reforma, pero que sólo aplicaba a un par de compañías que habían presentado el amparo.
El objetivo de los legisladores era impedir que se votara el proyecto aprobado esta tarde, el de Pérez Dayán, el cual es de carácter general y tiene validez para toda la industria, y la determinación de la SCJN ya no puede ser apelada y es imposible presentar cualquier otro recurso para modificarla.
Como se sabe la reforma que surgió de la Secretaría de Energía tenía como finalidad marcar una serie de cambios para beneficiar a la CFE y disminuir la participación de compañías privadas, por lo que el proyecto señala que “el sistema normativo impugnado sí atenta contra el modelo de mercado eléctrico previsto en el diseño constitucional”.
La reforma también incluía terminar con los permisos de autoabasto, evitar que la estatal CFE recurriera a las subastas eléctricas en búsqueda de contratar más capacidad de generación y terminaba con los certificados de energías limpias, diseñados también en la reforma.
Con la votación de este miércoles, la Corte desestimó algunos recursos impuestos por la Secretaría de Energía, la Fiscalía General de la República y la oficina de presidencia tenína como objetivo eliminar una serie de amparos otorgados por un juzgado de competencia.
De hecho aunque dicha serie de amparos deberían haber impedido al gobierno federal, los reguladores y al operador del mercado poner en marcha lo estipulado en los cambios, de acuerdo con muchos participantes en dicho mercado, las modificaciones ya se habían hecho efectivas a discrecionalidad.
Hay que subrayar que la SCJN argumentó para derribar dicha reforma, la vulneración al medio ambiente, violación del derecho a la salud y al régimen constitucional que garantiza la libre concurrencia. Algo que también ha sido señalado por los jueces en materia de competencia de manera previa.
Finalmente es importante destacar que la corte no sólo confirmó la sentencia previa dada a las empresas privadas, sino que detuvo la reforma de manera permanente.

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