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Otorgan jueces suspensiones provisionales contra la legislación que elimina la regulación asimétrica vs PEMEX

Los jueces Rodrigo de la Peña y Juan Pablo Gómez señalaron que las suspensiones otorgadas deben tener efectos generales para todos los participantes del mercado de hidrocarburos, petroquímicos y petrolíferos

Escrito por: Roberto Romero Mayo 31, 2021, 7:13 p.m. Bazar

Los jueces de competencia, Rodrigo de la Peza y Juan Pablo Gómez Fierro otorgaron suspensiones provisionales con efectos generales contra la reforma a la Ley de Hidrocarburos que elimina la regulación asimétrica para Petróleos Mexicanos (PEMEX) como empresa ponderante en el mercado de hidrocarburos.
En el expediente 1855/2021 se menciona que “se concede la suspensión para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforma el texto original del artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2021, así como del Acuerdo A/015/2021”.
El juez subrayó que aún cuando los efectos de esta medida cautelar fueron solicitados por únicamente una empresa que es titular de un permiso que la faculta para realizar una actividad regulada dentro del sector de hidrocarburos, en este caso Process Full, “debe tener efectos generales” para todos los participantes del mercado de hidrocarburos, petroquímicos y petrolíferos.
Hizo ver que “dados los alcances generales de la suspensión provisional que ahora se otorga y a fin de otorgar certeza a todos los destinatarios del Decreto reclamado, este órgano jurisdiccional estima pertinente llevar a cabo medidas adicionales con el objeto de difundir los términos y alcances de esta decisión por el mismo medio en que se dieron a conocer las normas reclamadas”.
Gómez Fierro y De la Peza emplazaron a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), como autoridad responsable, para que dentro de un plazo de tres días, contado a partir del día hábil siguiente al que surta efectos la notificación, hagan del conocimiento de la población en general que se suspenden todos los efectos y consecuencias derivadas del decreto de reforma a la Ley de Hidrocarburos.
El expediente aclara que la eficacia de esta medida cautelar no está sujeta a la publicación que se realice en el Diario Oficial de la Federación, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley de Amparo, esta surte sus efectos desde el momento en que se dicta.
Cabe señalar que además en el expediente se fijan las 12 horas del 4 de junio de 2021, para la celebración de la audiencia incidental.
 

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