Ante la apertura y la implementación del nuevo esquema de libre mercado en materia energética la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la Comisión Reguladora de Energía firmaron un convenio para intercambiar información y con ello vigilar la venta y precios de los combustibles.
Las dependencias coincidieron en la en la importancia de contar con una verificación eficiente y expedita sobre las empresas distribuidoras de combustibles en el país.
Con este convenio tanto la PROFECO como la CRE pueden imponer sanciones a las empresas que no reporten precios o que vendan los combustibles por encima del máximo establecido.
La CRE podrá imponer sanciones de hasta de 24 millones de pesos a los permisionarios que no reporten los precios, de acuerdo con la Ley de Ingresos 2017 y la Ley de Hidrocarburos.
En tanto, la Procuraduría Federal del Consumidor podrá aplicar multas de hasta 4.1 millones de pesos, a quines no exhiban los precios y por no vendan litros completos, mismas que se pueden duplicar en caso de reincidencia.
En caso de que las estaciones de servicio se nieguen a ser verificadas, la PROFECO puede presentar denuncias penales ante la Procuraduría General de la República (PGR), en términos del artículo 253 Fracción III del Código Penal Federal que integra una sanción de hasta 10 años de prisión por presuntos delitos contra la economía pública y castigos de hasta 8.2 millones de pesos.
En el caso del gas LP, permisionarios y distribuidores pueden ser acreedores a multas de hasta 22.6 millones de pesos cuando no tengan los precios visibles o vendan a un precio mayor al reportado a la CRE.
Además, cuando un permisionario no reporte sus precios a la Comisión, se hará acreedor a una multa de hasta 11.3 millones de pesos.
Durante el primer mes del año, la PROFECO impuso sanciones por 17 millones de pesos contra 68 gasolineras que se negaron a ser verificadas.