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Proyecto de sentencia de la SCJN sobre tarifa cero de interconexión da la razón a Telcel

El ministro Javier Laynez presentará a sus pares el proyecto en el que determina que sí es inconstitucional el artículo de la Ley que establece que Telcel no debe cobrar a sus competidores por terminar llamadas en su red

El recurso promovido por la empresa de Carlos Slim se discutirá el próximo 16 de agosto en la Corte
Escrito por: Angelina Mejía Ago. 10, 2017, 6:41 p.m. Empresas

El proyecto de sentencia que se pondrá a consideración de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declara la inconstitucionalidad del artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en el que se establece el régimen de gratuidad o tarifa cero de interconexión para América Móvil.

Esto significa que la empresa de Carlos Slim ganaría esta batalla legal, aunque no por completo, pues el proyecto a cargo del ministro Javier Laynez también plantea que los competidores no deberán pagar a Telcel de manera retroactiva las cuotas de interconexión que no efectuaron en los tres años que aplicó esta disposición.

El tema se resolverá en la sesión del próximo 16 de agosto en el máximo tribunal.

La tarifa cero de interconexión se dispuso en la Ley, producto de la reforma constitucional en telecomunicaciones. La disposición señala que la empresa que sea declarada como Agente Económico Preponderante (AEP) no podrá cobrar a otros concesionarios por terminar sus llamadas en su red, pero sí deberá pagarles a sus competidores cuando ella se interconecte a la red de estos.

De ahí que esta disposición fue combatida por Telcel ante los tribunales, por considerar que el Congreso no es competente para emitir regulación y fijar las tarifas de interconexión, pues esa es una facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

El argumento de la empresa preponderante es que el artículo 131 de la Ley estableció un régimen de gratuidad y no una tarifa asimétrica, lo que anula las atribuciones y el margen de actuación del IFT.

En el proyecto del ministro Laynez se da la razón a la empresa en el sentido de que corresponde al IFT determinar la regulación asimétrica relativa a las tarifas de interconexión por la terminación de tráfico en la red de Telcel.

En los resolutivos del proyecto se propone amparar a la empresa para el efecto de que el IFT deje de aplicarle el sistema normativo declarado inconstitucional y para que sea el órgano regulador el que determine la regulación asimétrica relativa a las tarifas de interconexión por la terminación de tráfico en la red de Telcel, en su carácter de agente económico preponderante.

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