Finalmente el gobierno federal publicó en el Diario Oficial el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, y mediante el cual las plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tendrán prioridad en la generación de electricidad.
Como se sabe, de acuerdo a las reformas al artículo 26 de la LIE, los transportistas y distribuidores de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución de electricidad operarán sus redes conforme a las instrucciones del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), quien considerará la prioridad en el uso de estas redes para el despacho de las Centrales Eléctricas Legadas y las Centrales Externas Legadas con compromiso de entrega física, lo que al final significa que la CFE llevará mano.
La reforma a la fracción V del artículo 3 a la Ley estableció que una Central Eléctrica Legada es aquella que es propiedad del Estado y que no se incluye en un permiso para generar energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento, cogeneración, pequeña producción, producción independiente o usos propios continuos.
El CENACE llevará acabo la “asignación y despacho” y “se ejecutará independientemente de la propiedad o representación de las centrales eléctricas, la demanda controlable u ofertas de importación y exportación. Lo anterior, considerando los contratos de cobertura eléctrica con compromiso de entrega física”.
A su vez, para el mantenimiento de la red nacional de transmisión y de los elementos de las redes generales de distribución que correspondan al mercado eléctrico mayorista, los transportistas y los distribuidores se sujetarán a la coordinación y a las instrucciones del CENACE.
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Ago. 12, 2020, 1:35 p.m.