La Secretaría de Hacienda, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), exigirá a los particulares que vendan inmuebles emitir una factura electrónica que ampare la operación. Hasta ahora en la compra-venta de propiedades bastaba con la cesión de escrituras ante notario público.
El SAT señaló que el notario que tramite la operación deberá emitir la factura a nombre de la persona que enajene el inmueble como un complemento de pago fiscal.
También deberá retener el ISR de la operación para declararlo a la autoridad fiscal y, en casos en que amerite, también le retendrá el IVA.
Estas facturas de operaciones inmobiliarias permitirán al SAT detectar una "discrepancia fiscal", entre los ingresos que genera un contribuyente y el valor de las compras o enajenación de bienes que realice.
Si una persona gana menos de lo que gastó en un inmueble habría una discrepancia a investigar por parte del fisco y que sería rastreable a través de estos comprobantes fiscales en operaciones inmobiliarias.
La medida también ayudará a la autoridad a detectar operaciones ilícitas conforme a la Ley de Prevención Antilavado.
Al emitir las facturas de estas operaciones los notarios deberán retener al vendedor de un inmueble un 20% de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y si se trata de un local comercial, le retendrán un 16% del Impuesto al Valor Agregado.