Luego de un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el que se prohibe la aplicación de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al cálculo de las pensiones, sino el salario mínimo, los jubilados incrementarán su ingreso por este concepto hasta en 20%.
La Corte determinó en una jurisprudencia que la UMA no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, lo anterior debido a que se trata de una prestación de naturaleza laboral regida por el salario mínimo, el cual debe ser el punto de referencia.
El 20% de incremento se deriva en que el salario mínimo actual se ubica en 102.68 pesos diarios contra los 84.49 pesos que resultan de la UMA. De ahí que las personas que reciben pensiones tienen menores percepciones desde que se hizo el cambio en 2016.
Un cálculo realizado por la Comisión de Seguridad Social del Senado señala que si se toma como base una pensión promedio de 5 salarios mínimos, la pensión mensual en UMA sería de 12 mil 673.5 pesos mientras que con base en el Salario Mínimo sumaría 15 mil 402 pesos.
Las comisiones de Seguridad Social de la Cámara de Diputados y del Senado de la República señalan que el cálculo de las pensiones con base en la UMA es una mala interpretación de la reforma constitucional del 2016, con la que se desindexó el salario mínimo para no ser usado como índice base o referencia para fines ajenos a su naturaleza.
La diputada Mary Carmen Bernal de Partido de Trabajo (PT) señala que “nosotros consideramos que hay una laguna legal, hay una mala interpretación de la reforma. Nosotros queremos darle claridad, pero también nos tenemos que asegurar que las instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) cuenten con los recursos suficientes para poder dar salida al tema”, señala la legisladora.
La senadora Gricelda Valencia de la Mora de Morena considera que los pensionados “se han visto gravemente afectados por la interpretación indebida de la reforma, derivado que el IMSS y el ISSSTE tomaron la UMA para calcular el monto de pensiones cuando la ley establece que debe ser en salarios mínimos”.
Indica que para no perjudicar el bienestar de las personas que se encuentran en una situación de jubilación, debe establecerse legalmente un candado para que no se pueda usar la UMA como referencia para estos pagos.
Las legisladoras señalan que ahora el paso que se tiene que dar es reformar la Constitución para establecer que la pensión es parte de la seguridad social y, por tanto, no es de la naturaleza de la UMA, sino del salario mínimo.