Francisco Gutiérrez Zamora, presidente del Consejo Técnico del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) dijo que a poco más de un año de que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la desindexación del salario mínimo que crea la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA) aún no se han ajustado las leyes, lo que genera incertidumbre para emplearla.
Todavía no existe una definición oficial para determinar en qué casos se debe emplear la UMA, referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales y de la Ciudad de México y en qué casos aplica el salario mínimo, lo que puede impactar la economía de las empresas y de los trabajadores.
En materia de seguridad social, la principal duda es respecto a la unidad de medida (UMA o salario mínimo que debe aplicarse para determinar los límites de los conceptos que integran el salario base de cotización para el IMSS y consecuentemente el pago de las aportaciones en materia de seguridad social, detalló
Gutiérrez Zamora dijo también que en caso de una deducción de Fondo de Ahorro, la Ley del impuesto sobre nómina establece un tope que no puede exceder 1.3 salarios mínimos, pero si se convierte a UMA el límite es menor.
Para 2016 el salario mínimo fue establecido en 80.04 pesos y la UMA quedó valuada en 75.49 pesos.
El analista del IMEF destacó que la incertidumbre por el empleo de estas unidades de medida generan un “gran riesgo” porque la deducción fiscal puede ser improcedente o incluso toda la nómina pude perder su deducibilidad, así que es necesario ajustar las leyes, para evitar perjuicios a las empresas y a los empleados.