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Aprueban en comisiones dictamen para que defraudación fiscal sea delincuencia organizada

Hoy será subido al pleno del Senado para aprobación, prevé cárcel de 5 a 8 años

Aprueban dictámen para defraudación fiscal
Escrito por: Isaac Luna Sep. 5, 2019, 8:20 a.m. Economía

La Comisión de Estudios Legislativos Primera de la Cámara de Senadores aprobó la noche de ayer el dictamen para que sea considerada como delincuencia organizada la defraudación fiscal.

El paquete de cambios a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, Ley de Seguridad Nacional, Código Nacional de Procedimientos Penales, Código Fiscal de la Federación y al Código Penal Federal se discutiría por el pleno cameral en la sesión de hoy.

Previamente había ya sido aprobado por las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Justicia de la misma Cámara Alta.

El dictamen señala que si tres o más personas se organizan para cometer, en forma permanente o reiterada, delitos como contrabando o defraudación fiscal y defraudación fiscal equiparada, serán sancionadas como miembros de la delincuencia organizada.

Lo anterior “exclusivamente cuando el monto de lo defraudado” sume más de 7 millones 804 mil 230 pesos, es decir, “supere tres veces lo dispuesto en la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación’’.

Este mismo castigo está contemplado para que se imponga al que expida o venda comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Se señala que se considerarán “amenazas a la seguridad nacional los actos ilícitos en contra del fisco”, esto de acuerdo con la enmienda al artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional.

Hay que tomar en cuenta wue Los cambios al artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación prevén imponer sanción de cinco a ocho años de prisión al que por sí mismo o a través de otra persona compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Se indica que “será sancionado con las mismas penas al que permita o publique a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados".

Y agrega “cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, será destituido del empleo e inhabilitado de uno a 10 años para desempeñar cargo o comisión públicos”, adicionales al aumento de tres a seis años de prisión.

Se especifica que se requerirá querella por parte de la Secretaría de Hacienda para proceder penalmente por los delitos mencionados.

También se destaca entre otros puntos que los delitos fiscales y financieros y el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, que son mejor conocidas como lavado de dinero, se podrán seguir de manera simultánea.

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