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Declara SCJN parcialmente inconstitucional política eléctrica de SENER

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Segunda Sala de la SCJN declaró que el Acuerdo de SENER invade las facultades de COFECE

La presidenta de la Segunda Sala de la SCJN Yasmín Esquivel, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, fue la única que voto en contra del fallo en favor de COFECE
Escrito por: Roberto Romero Feb. 3, 2021, 6:44 p.m. Bazar

La Suprema Corte de Justicia (SCJN) declaró como parcialmente inconstitucional la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), en un fallo que favorece la contienda jurídica presentada por la Comisión Federal de Competencia (COFECE).
Al resolver la Controversia Constitucional 89/2020, la Suprema Corte indicó que invade las facultades de la COFECE viola el derecho de libre competencia y da una "ventaja indebida" a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
La Segunda Sala de la Corte invalidó 22 disposiciones de la Política de la secretaria de Energía, Rocío Nahle, por cuatro votos a favor y uno en contra.
La única ministra que votó en contra fue la presidenta de Sala Yasmín Esquivel Mossa, quien llegó a la Suprema Corte propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
En su impugnación, COFECE estimó que este acuerdo busca favorecer a la CFE en detrimento de los productores privados de fuentes renovables.
El proyecto de sentencia fue elaborado por el ministro Luis María Aguilar y en ella menciona que el Acuerdo impugnado obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a COFECE porque anula la libre competencia económica y concurrencia en el mercado de generación de energía, así como la sustentabilidad en la generación y suministro.
Asimismo, advierte que la Política de Confiabilidad distorsiona el proceso de competencia y libre concurrencia necesarios en los eslabones de generación y suministro de energía, además de que otorga una ventaja exclusiva e indebida en favor de la CFE para que proponga proyectos estratégicos en programas de suma relevancia “en el desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) y que invariablemente inciden en dichos eslabones, siendo que tal previsión no se encuentra prevista para los demás competidores y sin que se justifique tal distinción”.
Como recordará el Acuerdo de la Secretaría de Energía impugnado, según el proyecto, cancela la posibilidad de entrada al mercado de centrales eléctricas que operan con energía limpia lo que afectaría a los consumidores de contar con tarifas eléctricas más accesibles.

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