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Devuelven yacimiento Zama mitad del bloque petrolero a la CNH

Las firmas Sierra O&G Exploración y Producción, Talos Energy Offshore Mexico y Premier Oil Exploration and dondinero México decidieron regresar 50% del área contractual el  pasado 5 de septiembre

Abandonan empresas exytanjeras 50% de participación en Zama
Escrito por: Roberto Romero Oct. 10, 2019, 6:58 p.m. Empresas

Hoy se dio a conocer que el consorcio contratista que realizó el descubrimiento Zama en aguas someras del Golfo de México integrado por Sierra O&G Exploración y Producción, Talos Energy Offshore Mexico y Premier Oil Exploration and dondinero México devolverá al Estado mexicano la mitad del área adjudicada en la Ronda 1.1, para quedarse solamente con los 232 kilómetros cuadrados donde ya se tiene un plan de desarrollo.

En la 60 sesión extraordinaria del año, el órgano la CNH señaló que con este procedimiento con fecha 5 de septiembre de 2019, el contratista que es integrado por el consorcio Sierra O&G Exploración y Producción, Talos Energy Offshore Mexico y Premier Oil Exploration and dondinero México le notificó lo anterior.

Esto "en virtud de que, de conformidad con lo previsto en la Cláusula 7.1, inciso 'b' del contrato, al finalizar el periodo inicial de exploración, si al contratista se le concedió el período adicional de exploración, deberá renunciar y devolver el 50% del área contractual que no cuente con un plan de desarrollo aprobado por la comisión".

El área en cuestión tiene una superficie de 464.799 kilómetros cuadrados, por lo que en cumplimiento a la citada cláusula, el contratista deberá devolver a la CNH un total de 232.3995 kilómetros.

La devolución se realizará durante l"a etapa de transición final", en términos de la Cláusula 18.7 del Contrato.

La CNH señaló que "conforme a la Cláusula 7.2 del Contrato, la renuncia y devolución de referencia no disminuye las obligaciones del Contratista para cumplir con el Programa Mínimo de Trabajo, ni con un eventual incremento a dicho Programa, ni a los compromisos adicionales adquiridos para el Periodo Adicional de Exploración, o al Programa de Trabajo para dicho Periodo Adicional de Exploración, según sea el caso. Lo anterior incluye las correspondientes obligaciones de Abandono".

No se dieron a conocer m{as detalles sobre esta decisión

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