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Establece regulación Fintech capital mínimo de entre 3 y 4.2 mdp

Se establece información para actuar como una Institución de tecnología financiera

Entra en vigor regulación para las Fintech
Escrito por: Claudia Angélica Rodríguez Sep. 10, 2018, 7:09 p.m. Qué debo saber

Hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las disposiciones secundarias de la Ley para Regular las Instituciones de tecnología financiera, mejor conocida como Ley Fintech, con lo cual entra en vigor dicha regulación. Entre los puntos que se destacan se encuentra el capital mínimo que requerirán que se ubicará entre 3 y 4.2 millones de pesos de acuerdo al número de transacciones que busquen realizar.

Hay que recordar que el pasado 9 de marzo el gobierno publicó la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, con el fin dar certeza jurídica a los servicios financieros que se presten a través de tecnologías financieras.

Con estas disposiciones secundarias se establece la información y documentación adicional que se debe presentar para actuar como una Institución de Tecnología Financiera (ITF), incluyendo la situación patrimonial y el origen de los recursos.

El presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), Bernardo González Rosas refirió que se han identificado a 73 entidades sujetas a esta regulación, las cuales pueden iniciar su trámite y poder operar como ITF.

Hay que destacar que con esta publicación se modernizará la forma en que muchas pequeñas y medianas empresas pueden obtener financiamiento de forma barata y conveniente.

En la regulación que se publicó hoy en el DOF se detalla que el capital mínimo con el que deberán de contar las instituciones de financiamiento colectivo autorizadas para realizar sólo un tipo de operación e moneda nacional ya sea de financiamiento colectivo de deuda, de capital o de copropiedad o regalías, tendrán que contar con un 500,000 Udis, es decir poco más de 3 millones de pesos.

Este monto también aplicará para las fintech de fondos de pago electrónico autorizadas para realizar operaciones en moneda nacional y cuya autorización no contemple la realización de operaciones con activos virtuales, moneda extranjera o actuar como cámara de compensación en redes de medios de disposición.

Para aquellas fintech de fondeo colectivo autorizadas para realizar dos o más tipos de operaciones, ya sea con activos virtuales o con  moneda extranjera, el capital mínimo será el equivalente a 700,000 Udis es decir alrededor de 4.2 millones de pesos.

 

 

 

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