La Fiscalía General de la República (FGR) imputó a Emilio Lozoya los delitos de asociación delictuosa, operaciones con recursos de procedencia ilícita y cohecho.
En su imputación, por la que un juez de control libró el 4 de julio de este año una orden de aprehensión en contra del exdirector de Petroleos Mexicanos (PEMEX) la FGR señaló que la compra de una casa en Ixtapa realizada por la esposa del ex funcionario derivó de un soborno que le pagó el presidente de Altos Hornos de México (AHMSA), Alonso Ancira.
Ante ello, Lozoya tramitó un juicio de amparo, quien dio un plazo de 48 horas al juez de control del Reclusorio Norte para que explique su determinación.
“Toda vez que el referido juzgador, al rendir su informe previo aceptó el acto reclamado, y al efecto refirió que en la causa penal, el 4 de julio del año en curso dictó orden de aprehensión, entre otros, en contra del aquí impetrante, por su probable participación en los hechos que la ley señala como delitos de: operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto y sancionado en el artículo 400 Bis, párrafo primero del Código Penal Federal, asociación delictuosa, previsto y sancionado en el artículo 164 del Código Penal Federal; y cohecho, previsto en el artículo 222 fracción I, sancionado en su último párrafo del Código Penal Federal”.
“Sin embargo, no se desprende que haya precisado lo siguiente: 1. La naturaleza, modalidades y características del delito que se impute a la parte quejosa (aquí deberá expresarse, en su caso, el monto de la reparación del daño). Por tanto, requiérase al juez para que en el término de 48, aclare su informe de ley, y dé cumplimiento a los puntos reseñados con antelación; remitiendo al efecto las constancias pertinentes con las que sustente su dicho”, indicó el juez.